SUBVENCIÓN PARA EMPRESAS TURÍSTICAS DE ANDALUCÍA

LinkedIn
Facebook
Twitter
WhatsApp

En esta ocasión, desde ACEM, queremos compartir una importante novedad que puede beneficiar a las empresas del sector turístico. El pasado 14 de agosto se publicó una nueva subvención por la Junta de Andalucía, destinada a impulsar la eficiencia energética y la economía circular. Con un periodo de solicitud que comienza el 16 de agosto y se desarrolla bajo el principio de concurrencia no competitiva, esta iniciativa representa una oportunidad valiosa para fortalecer la sostenibilidad en el turismo.

¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles y cómo puedes aprovechar esta ayuda!

¿Cuál es el objetivo de esta ayuda para empresas turísticas?

Estas subvenciones tienen el objetivo principal paliar los efectos de la sequía en el sector turístico y mejorar la eficiencia energética, así como mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos de Andalucía. Estas subvenciones son por concurrencia no competitiva. Su financiación proviene de los fondos “Next Generation EU”.

¿Quién puede tramitar esta subvención de eficiencia energética?

Esta ayuda la pueden tramitar por un lado, perteneciendo así a la línea 1, empresas que presten servicio de alojamiento turístico y otro tipo de actividades o servicios vinculados al turismo. Y por otro lado, siendo así de la línea 2, aquellas empresas que presten servicios de restauración u hostelería.

Si dividimos las personas que son beneficiarias de esta ayuda podemos verlo de la siguiente manera: 

Línea 1: personas físicas o jurídicas titulares de empresas que presten alguno de los siguientes servicios turísticos o actividades.

  • Los establecimientos de alojamiento turístico.
  • Las actividades dirigidas a la organización de congresos, convenciones u otro tipo de eventos vinculados a la actividad empresarial.
  • Las actividades deportivas desarrolladas en estaciones de esquí, campos de golf, puertos deportivos, campos de polo u otros.
  • Las actividades de ocio, entretenimiento y esparcimiento que se desarrollen en parques temáticos, de atracciones, acuáticos, zoológicos o botánicos.
  • Los balnearios, spas u otras instalaciones o actividades saludables relacionadas con el bienestar de las personas.çLos autobuses con recorridos panorámicos, transporte de pasajeros por vías navegables interiores, coches de caballos y alquiler de bicicletas.
  • Las actividades relacionadas con el conocimiento de la lengua castellana por personas extranjeras, así como las que estén relacionadas con el flamenco en Andalucía.

Línea 2: personas físicas o jurídicas titulares de empresas que presten alguno de los siguiente servicios turísticos o actividades:

  • La restauración, entendiéndose como tal las empresas con CNAE 5610 (Restaurantes y puestos de comidas), 5621 (Provisión de comidas reparadas para eventos), 5629 (Otros servicios de comidas) y 5630 (Establecimientos de bebidas).

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Los proyectos subvencionables serán aquellos que reduzcan el consumo de agua mediante la reutilización y el ahorro por parte de las empresas turísticas, además de aquellos que contribuyan a la mitigación y adaptación al cambio climático de la actividad turística. Algunas de las actuaciones subvencionables serán: 

a) Las actuaciones basadas en la REUTILIZACIÓN DEL AGUA, consistente en el tratamiento y posterior reutilización del agua proveniente de fuentes distintas de la red de agua potable o similar.

b) Las actuaciones que reduzcan el caudal de agua necesario para un uso concreto en su punto de consumo y que, como consecuencia, comporten un ahorro de agua en el conjunto de instalaciones en servicio de un establecimiento.

c) ADAPTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS PARA PREVENIR EL EXCESO DE CALOR O DE FRÍO.

d) Instalación de cubiertas vegetales de bajo consumo hídrico o sustitución de cubiertas vegetales por artificiales; sustitución en jardines y otras zonas de vegetación por especies vegetales especialmente adaptadas a la restricción o ausencia de agua.

e) PROYECTOS DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA.

¿Cuál es la cuantía que se subvenciona?

La cuantía subvencionable, una vez más se divide y se distingue entre líneas, quedando así de la siguiente forma: 

Línea 1:

  • Presupuesto mínimo del proyecto: 100.000 €
  • Presupuesto máximo del proyecto: 10.000.000 €
  • Subvencionable:
    • Grandes empresas: 45% del proyecto.
    •  Medianas empresas: 55% del proyecto.
    • Pequeñas empresas: 65% del proyecto.

Línea 2:

  • Presupuesto mínimo del proyecto: 50.000 €
  • Presupuesto máximo del proyecto: 300.000 €
  • Subvencionable: 100% del proyecto.

Además un punto a tener en cuenta con real importancia, es que el beneficiario deberá de asumir los costes del proyecto por adelantado ya que la cuantía subvencionable se efectuará una vez se haya realizado la justificación de las actuaciones englobadas en los proyectos.

Si estáis interesados en la tramitación de esta ayuda, desde Acem os podemos asesorar o gestionar la ayuda. No dudéis en contactar con nosotros para obtener información. 

Últimas noticias
2º Maratón de la Tapa de Moraleda de Zafayona

2º Maratón de la Tapa

Después del gran éxito del año pasado, cuando se vivió una fiesta gastronómica inolvidable, este año se llevará a cabo el 2º Maratón de la

Leer más
VUELTA AL COLE 2024 - ACEM

VUELTA AL COLE 2024

🌟¡El regreso a clases está aquí de nuevo en ACEM!🌟😊 Ya han acabado las vacaciones de verano y es hora de decir que ha llegado

Leer más
III Noche en Blanco Romana en Salar

3ª NOCHE EN BLANCO ROMANA

El pasado viernes tuvo lugar la 𝐈𝐈𝐈 𝐍𝐨𝐜𝐡𝐞 𝐞𝐧 𝐁𝐥𝐚𝐧𝐜𝐨 𝐑𝐨𝐦𝐚𝐧𝐚 𝐞𝐧 𝐒𝐚𝐥𝐚𝐫. Un evento extraordinario organizado por la Asociación de Comerciantes y Empresarios (ACEM)

Leer más

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *